Antonio Millán Garrido aborda el ‘Pasado, presente y futuro de la Legislación Penal Militar Española (Antecedentes y breve análisis del Proyecto del nuevo Código Penal Militar)’ en su solemne acto de recepción como nuevo Académico de Número de la Real Academia de San Dionisio de Ciencias, Artes y Letras
La Real Academia de San Dionisio de Ciencias, Artes y Letras celebró este pasado martes día 21 de los corrientes el solemne acto de recepción como Académico de Número del Catedrático (EU) de Derecho Mercantil de la Universidad de Cádiz y antiguo miembro del Cuerpo Jurídico Militar Antonio Millán Garrido, quien dictó la ponencia ‘Pasado, presente y futuro de la Legislación Penal Militar Española (Antecedentes y breve análisis del Proyecto del nuevo Código Penal Militar)’. El acto estuvo presidido por el propio presidente titular de la Real Academia de San Dionisio de Ciencias, Artes y Letras Joaquín Ortiz Tardío, así como por el presidente de Honor de esta docta institución cultural jerezana Francisco Fernández García-Figueras, integrando además la mesa presidencial el Académico de Número y Secretario General Interino Juan María Vaca Sánchez del Álamo y el Académico Numerario José Antonio Ristori. Acompañaron al nuevo Académico Numerario a la Mesa Presidencial los miembros de la Junta de Gobierno Jaime Bachiller y Francisco Garrido.
En su recepción como Académico de Número en la Real Academia de San Dionisio el recipiendario Antonio Millán Garrido expuso brillantemente la evolución de las leyes penales militares en nuestro país, con especial referencia a los antecedentes del nuevo Código, analizando cuestiones básicas en su contenido, como el ámbito material subjetivo, el concepto de delito militar, la obediencia debida y las penas, y formulando algunas consideraciones sobre la parte especial del texto proyectado. Subrayó que “la propuesta de un nuevo Código penal militar resulta conveniente y oportuna porque, al margen de dar cumplimiento al mandato parlamentario, supone un avance con respecto a la legislación vigente y así ha sido reconocido, en general, por la doctrina (…) Sustancialmente se mantiene el núcleo básico del Código de 1985, que ha demostrado su efectividad en los últimos treinta años, pero a la vez se atiende a nuevas exigencias de incriminación en el ámbito estrictamente castrense, ya sea para tutelar con mayor efectividad el propio servicio militar, ya sea para proteger adecuadamente el ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas de los militares”.
“Por otra parte –añadió Millán-, el Proyecto profundiza en los principios del Código de 1985, particularmente en el de especialidad –y consiguiente complementariedad– obviando tanto la repetición innecesaria de normas contenidas en el Código penal como la previsión de preceptos no justificados por la propia especialidad”. Asimismo indicó que “en otro orden, la aplicación rigurosa del principio de especialidad lleva al prelegislador a conformar la noción de delito militar no sólo por tipificación expresa, sino también por remisión a las descripciones típicas del Código penal, de forma que sólo serán delitos específicos (descritos en el libro II del Código) aquellos que carezcan de correlación con los delitos comunes. La conversión de determinados delitos comunes cometidos por militar en infracciones penales militares constituye una buena técnica para resolver duplicidades e interpretaciones contradictorias”.
Antonio Millán Garrido fue miembro del Cuerpo Jurídico Militar desde 1975 a 1986, año en el que, siendo Comandante Auditor, solicitó la excedencia tras obtener la Cátedra de Derecho Mercantil de la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de Jerez. Está Diplomado en Derecho Penal Militar por la Escuela de Estudios Jurídicos y es autor de un centenar de publicaciones de la especialidad, entre las que destaca su monografía sobre el delito de deserción (Barcelona, 1983) y su obra “Justicia Militar” (9.ª edición, Barcelona, 2012). En nombre de la Corporación contestó al recipiendario el Académico Numerario Juan María Vaca Sánchez del Álamo.